Los gastos de escrituración en CDMX al comprar un departamento se reparten en cuatro partidas oficiales: el Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles, los honorarios del notario, los derechos del Registro Público de la Propiedad y de Comercio y el avalúo. Con la tarifa vigente en 2026 y un precio de lista desde 15,200,000 pesos, el cálculo propio de esta nota da un total ilustrativo de unos 1,047,000 pesos sin contar el avalúo, de los cuales el impuesto es la parte mayor.
Esta nota difiere de la guía general para comprar un condominio en preconstrucción en Polanco y de los consejos y recomendaciones para comprar apartamento en Polanco, que describen el proceso sin tablas fiscales. Aquí se abre la tarifa oficial del Código Fiscal de la Ciudad de México, se lee el arancel notarial publicado el 30 de enero de 2026 y se calcula un caso con una ficha real.
Puntos Clave
- Los gastos de escrituración en CDMX suman cuatro partidas: ISAI, honorarios del notario, derechos del Registro Público y avalúo.
- La tarifa del ISAI del artículo 113 del Código Fiscal tiene once rangos y fue reformada en la Gaceta Oficial del 19 de diciembre de 2025.
- Con un precio de lista de 15,200,000 pesos, el cálculo propio y sin avalúo da unos 1,047,000 pesos, cerca de 6.9% del precio.
- El comprador es el obligado al ISAI por ley. El ISR de la venta corresponde al vendedor, no al comprador.
Actualizado: octubre 2026
En esta página
- Qué incluyen los gastos de escrituración en CDMX
- ISAI CDMX 2026: la tarifa del artículo 113
- El avalúo y el valor sobre el que se grava
- Honorarios del notario en CDMX según el arancel
- Derechos del Registro Público de la Propiedad CDMX
- Gastos al comprar departamento en Polanco con Musset 227
- Quién paga cada concepto y qué corresponde al vendedor
- Resumen de conceptos, bases y fuentes en una tabla

Qué incluyen los gastos de escrituración en CDMX
Cuatro conceptos forman la cuenta de cierre. El primero es el ISAI, un impuesto de la Ciudad de México que paga quien adquiere el inmueble. El segundo son los honorarios del notario, que el arancel publicado en la Gaceta Oficial fija por tramos de valor. El tercero son los derechos que cobra el Registro Público de la Propiedad y de Comercio por inscribir la escritura. El cuarto es el avalúo, que sirve para comprobar el valor del inmueble.
El notario cumple una doble función. Calcula, liquida y entera el ISAI ante la autoridad fiscal dentro de los quince días hábiles siguientes a la firma, según el artículo 121 del Código Fiscal de la Ciudad de México. El arancel también le permite cobrar por separado los impuestos, derechos, certificados y avalúos que pague por cuenta de quien solicita la escritura, y le exige justificar cada uno de esos gastos.
Quien compra en Polanco encuentra los mismos conceptos que en cualquier otra colonia de la ciudad, porque la tarifa depende del valor y no de la sección. Lo que cambia es la escala. En la franja de 15 a 20 millones de pesos, el impuesto es con amplia diferencia la partida más grande del cierre. La comparación de qué se compra con 15 millones de pesos en Polanco ubica ese rango de precios dentro del mercado de la colonia.

ISAI CDMX 2026: la tarifa del artículo 113
El artículo 112 del Código Fiscal señala como obligadas al pago a las personas físicas y morales que adquieran inmuebles ubicados en la Ciudad de México. El artículo 113 establece cómo se calcula: se aplica al valor total del inmueble una tarifa de once rangos, que suma una cuota fija al resultado de multiplicar un factor por el excedente del límite inferior del rango. La versión consolidada del Código Fiscal que publica la Consejería Jurídica marca esa tarifa como reformada en la Gaceta Oficial del 19 de diciembre de 2025.
La tabla siguiente reproduce los valores del texto vigente. Para un valor de 15,200,000 pesos corresponde el rango I, con cuota fija de 915,159.21 pesos y un factor de 0.06495 sobre lo que exceda de 14,928,323.93 pesos.
| Rango | Límite inferior | Límite superior | Cuota fija | Factor sobre el excedente del límite inferior |
|---|---|---|---|---|
| A | $0.12 | $123,988.81 | $327.29 | 0.01446 |
| B | $123,988.82 | $198,382.03 | $2,120.18 | 0.03083 |
| C | $198,382.04 | $297,572.76 | $4,413.73 | 0.04028 |
| D | $297,572.77 | $595,145.67 | $8,409.14 | 0.04699 |
| E | $595,145.68 | $1,487,864.15 | $22,392.10 | 0.05219 |
| F | $1,487,864.16 | $2,975,728.34 | $68,983.09 | 0.05702 |
| G | $2,975,728.35 | $5,732,476.11 | $153,821.12 | 0.06185 |
| H | $5,732,476.12 | $14,928,323.92 | $324,325.98 | 0.06425 |
| I | $14,928,323.93 | $27,529,938.63 | $915,159.21 | 0.06495 |
| J | $27,529,938.64 | $55,059,877.21 | $1,733,634.09 | 0.06546 |
| K | $55,059,877.22 | En adelante | $3,535,743.88 | 0.09018 |
El avalúo y el valor sobre el que se grava
El valor que entra en la tarifa no es necesariamente el precio de la escritura. El artículo 116 manda tomar el más alto de tres: el valor de adquisición, el valor catastral calculado con los valores unitarios del propio Código y el valor comercial que resulte de un avalúo. Si el avalúo o el catastro superan el precio pactado, el impuesto se calcula sobre esa cifra mayor.
Para inmuebles en proceso de construcción, el mismo artículo indica que los valores catastral y de avalúo se determinan según las características estructurales y arquitectónicas del proyecto. La regla alcanza a las compras en preventa, donde el valor catastral y el avalúo se estiman sobre el proyecto y no sobre una construcción terminada.
El artículo 22 limita quién puede practicar el avalúo con efectos fiscales: la autoridad fiscal, peritos valuadores con registro vigente, instituciones de crédito, sociedades dedicadas a valuar y corredores públicos, entre otros. El artículo 123 obliga al notario a verificar que el avalúo esté vigente y firmado por una de esas personas. Ninguna de las fuentes oficiales consultadas fija el precio de un avalúo, así que el ejemplo de esta nota no lo incluye.
Honorarios del notario en CDMX según el arancel
El arancel vigente se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 30 de enero de 2026. Se apoya en el artículo 15 de la Ley del Notariado y define el monto de la operación como el valor más alto entre la contraprestación pactada, el valor comercial y el valor fiscal. No existe un porcentaje único: el numeral 14 aplica una cuota fija y factores que bajan conforme sube el valor.
Hasta 235,733 pesos la cuota fija es de 6,869 pesos. Después se suman los renglones de forma progresiva, con factores de 1.125% entre 235,733.01 y 471,465 pesos, 0.975% hasta 942,934, 0.825% hasta 1,885,867, 0.675% hasta 3,771,739, 0.578% hasta 7,543,478 y 0.420% hasta 15,086,962 pesos. Por encima de esa cifra, los honorarios son de 88,110 pesos más 0.327% del excedente.
Dos advertencias acompañan a esos números. La primera es que el numeral 4 ordena ajustar todas las cantidades en pesos cada octubre con la variación del INPC, por lo que la cifra que cobre un notario después de ese ajuste puede ser mayor que la publicada en enero. La segunda es que el numeral 2 prohíbe cobrar algo adicional a lo que fija el arancel, salvo impuestos, derechos, documentos, certificados, publicaciones, avalúos y otros gastos hechos por cuenta del solicitante. La tabla oficial del arancel de notarios de la Ciudad de México detalla también los casos con reglas especiales.

Derechos del Registro Público de la Propiedad CDMX
Los derechos de inscripción están en la sección quinta del Código Fiscal. El artículo 196 fija una cuota general de 2,505 pesos por cada inscripción, anotación o cancelación de asiento. Para los documentos por los que se adquiere o transmite el dominio de un inmueble, el artículo señala una cuota de 25,098 pesos. Los actos sin valor determinado o con valor menor al de la vivienda de interés social pagan la cuota general, y los de valor intermedio una cuota creciente.
A esa cuenta se suman los certificados. El artículo 198 fija en 849 pesos el certificado de libertad o existencia de gravámenes en trámite ordinario y en 1,700 pesos el urgente. El nombre oficial del certificado indica su función, que es informar si el inmueble tiene gravámenes, limitaciones de dominio o anotaciones preventivas. La cancelación de una hipoteca existente genera otro asiento, que el artículo 200 fija en 2,518 pesos.
Las cuotas citadas en esta sección aparecen marcadas en la consolidación consultada con la reforma del 19 de diciembre de 2025, de modo que son las cifras vigentes en 2026.
Gastos al comprar departamento en Polanco con Musset 227
La ficha de Musset 227 en Polanco III Sección figura en vivepolanco.mx con un precio de lista desde 15,200,000 pesos y 142.8 m² habitables. Con ese precio como valor de adquisición, y suponiendo que ni el valor catastral ni el avalúo lo superan, el cálculo propio, ilustrativo, queda así.
El valor de 15,200,000 pesos cae en el rango I de la tarifa del ISAI. El excedente sobre 14,928,323.93 pesos es de 271,676.07. Multiplicado por 0.06495 da 17,645.36, que sumado a la cuota fija de 915,159.21 resulta en un impuesto de 932,804.57 pesos, cerca de 6.1% del precio.
En el arancel, el valor cae en el último renglón, que empieza en 15,086,962.01 pesos. El excedente es de 113,037.99, que por 0.327% da 369.63. Sumado a los 88,110 pesos del tramo anterior, los honorarios son de 88,479.63 pesos con las cantidades de enero de 2026 y sin el ajuste de octubre. A eso se agregan 25,098 pesos de inscripción en el Registro Público y 849 pesos del certificado de gravámenes ordinario.
El total del ejemplo es de 1,047,232 pesos redondeados al peso, cerca de 6.9% del precio de lista. No incluye el avalúo, los gastos del crédito si lo hubiera, las copias adicionales ni el IVA o cualquier otro cargo sobre los honorarios. Si la escritura final fija un precio distinto o el avalúo arroja un valor mayor, el impuesto se recalcula con ese valor. La misma cuenta se repite con cualquier otra ficha de departamentos en preventa en Polanco con precio de lista.

Quién paga cada concepto y qué corresponde al vendedor
Por ley, el ISAI recae en quien adquiere. El artículo 112 del Código Fiscal nombra como obligado al comprador, y el notario lo entera por cuenta de ese contribuyente. El numeral 3 del arancel permite al notario excusarse de actuar cuando los solicitantes no le anticipan la remuneración. Los honorarios, los derechos del Registro Público y los certificados se generan por el trámite que se pide a la notaría, y la ley fiscal solo designa de forma expresa al obligado del ISAI. La distribución del resto se pacta en el contrato de promesa, y ninguna de las fuentes oficiales consultadas la fija.
El impuesto sobre la renta de la venta corresponde al vendedor. La Ley del Impuesto sobre la Renta en sus artículos 119 a 126 trata como contribuyente a quien obtiene ingresos por enajenar bienes, exige un pago provisional por cada operación y, cuando consta en escritura pública, dispone que los notarios calculen el impuesto bajo su responsabilidad y lo enteren en las oficinas autorizadas. Ese cálculo no entra en la cuenta del comprador, aunque el notario lo gestione en el mismo acto.
Estos costos de entrada forman parte de la comparación entre comprar y rentar en la ciudad. El análisis de rentar frente a comprar en Ciudad de México desarrolla esa lógica con otros factores, y la comparación entre comprar en preventa o un departamento ya construido explica cómo cambia el calendario de pagos.
Resumen de conceptos, bases y fuentes en una tabla
La tabla reúne las cuatro partidas con su base y la cifra del ejemplo. Los montos son cálculo propio, ilustrativo, sobre el precio de lista de Musset 227, publicado como desde, y no reemplazan la cotización del notario.
| Concepto | Base legal | Cómo se calcula | Cifra del ejemplo, cálculo propio ilustrativo |
|---|---|---|---|
| ISAI | Código Fiscal, arts. 112, 113 y 116 | Cuota fija más factor sobre el excedente, rango I | $932,804.57 |
| Honorarios del notario | Arancel de notarios, numeral 14, Gaceta del 30 de enero de 2026 | $88,110 más 0.327% del excedente de $15,086,962.01 | $88,479.63 |
| Inscripción en el Registro Público | Código Fiscal, art. 196 | Cuota de la fracción para actos que transmiten dominio | $25,098.00 |
| Certificado de libertad de gravámenes ordinario | Código Fiscal, art. 198 | Cuota fija | $849.00 |
| Avalúo | Código Fiscal, arts. 22, 116 y 123 | Lo fija el valuador, sin tarifa oficial en las fuentes consultadas | No incluido |
| Total sin avalúo | Suma de las cuatro cifras anteriores, redondeada al peso | $1,047,232 |
Ninguna de esas cifras queda definitiva antes de que el notario tenga el avalúo vigente y el arancel del día de la firma. Las fichas completas de la colonia están en departamentos en venta en Polanco con ficha completa, y la guía de las cinco secciones de Polanco ubica cada una.
Aviso Legal: Las tarifas y cuotas provienen del Código Fiscal de la Ciudad de México con reforma del 19 de diciembre de 2025 y del Arancel de Notarios publicado el 30 de enero de 2026, consultados el 23 de octubre de 2026, y pueden cambiar. El precio de lista proviene de la ficha de vivepolanco.mx y el cálculo es propio e ilustrativo. Este contenido es informativo, no constituye asesoría fiscal, legal ni financiera, y no sustituye la cotización de un notario público.
Preguntas Frecuentes
¿Cuánto cuesta escriturar un departamento en la Ciudad de México?
No hay una cifra única, porque depende del valor del inmueble. La cuenta incluye el ISAI, los honorarios del notario, los derechos del Registro Público de la Propiedad y de Comercio y el avalúo. Con un precio de lista de 15,200,000 pesos, el cálculo propio de esta nota suma 1,047,232 pesos sin avalúo, cerca de 6.9% del precio.
¿Quién paga el ISAI en la Ciudad de México?
El artículo 112 del Código Fiscal señala como obligadas al pago a las personas que adquieren inmuebles en la ciudad, es decir, al comprador. Cuando hay escritura pública, el notario calcula, liquida y entera el impuesto dentro de los quince días hábiles siguientes a la firma, según el artículo 121.
¿Cuánto cobra un notario por escriturar en la Ciudad de México?
El arancel publicado el 30 de enero de 2026 fija una cuota de 6,869 pesos hasta 235,733 pesos de operación y factores decrecientes por tramos. Por encima de 15,086,962 pesos, los honorarios son de 88,110 pesos más 0.327% del excedente. Las cantidades se ajustan cada octubre con el INPC.
¿Cuánto cobra el Registro Público de la Propiedad por inscribir una escritura?
El artículo 196 del Código Fiscal fija una cuota de 25,098 pesos para inscribir documentos que transmiten el dominio de un inmueble, con cuotas menores para valores bajos. El certificado de libertad de gravámenes ordinario cuesta 849 pesos según el artículo 198.
¿El comprador paga el impuesto sobre la renta de la venta?
No. La Ley del Impuesto sobre la Renta grava a quien obtiene ingresos por enajenar el inmueble, que es el vendedor. En operaciones en escritura pública, el notario calcula y entera el pago provisional por cuenta de ese contribuyente.
Fuentes
- Código Fiscal de la Ciudad de México, texto vigente de la Consejería Jurídica, con la tarifa del ISAI del artículo 113, la base de los artículos 116 y 121 y las cuotas del Registro Público de los artículos 196 a 200
- Colegio de Notarios de la Ciudad de México, Arancel de Notarios publicado en la Gaceta Oficial del 30 de enero de 2026, con la tabla del numeral 14 y las reglas de ajuste anual
- Cámara de Diputados, Ley del Impuesto sobre la Renta, artículos 119 y 126 sobre el pago provisional del enajenante de inmuebles
- Ficha de Musset 227 en vivepolanco.mx, con el precio de lista desde y la superficie habitable usados en el ejemplo















